Contamos con un completo programa de protección que te respalda
a ti y a tu familia cuando más lo necesitan.
Estimado asociado (a), para reportar situaciones de decesos de tu grupo primario protegido, debes
seguir las siguientes indicaciones:
Dirección: Cll. 38N # 6N-35
C.C. Chipichape Bodega 2 Piso 3
Cali – Valle del Cauca, Colombia
Cel: 310 594 2006
Horario: Lunes a Jueves 7:00 AM – 5:30 PM y
Viernes de 7:00 AM – 3:00 PM
Diseñado por Why Creative Solutions – 2022
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuita Los Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuita Los Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuita Los Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Se otorga al asociado o a un (1) beneficiario, el auxilio correspondiente por incapacidad permanente.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Se otorga al asociado un auxilio por grave calamidad en salud ocasionada por accidentes graves, enfermedades prolongadas, tratamientos médicos, odontológicos, ortopédicos, oftálmicos (no estéticos) con gastos no cubiertos por la EPS, prepagadas, pólizas de salud, u otro servicio complementario de salud o por calamidad doméstica en situaciones de catástrofes naturales.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Se otorga al asociado por pérdida de empleo
sin justa causa. Aplican condiciones del
reglamento de Fondo Mutual.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Se otorga en caso de fallecimiento del
asociado mutualista, y se pagará a los
beneficiarios, o conforme a lo establecido en
las leyes colombianas.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Se otorga en caso de fallecimiento de
un miembro del Grupo Familiar Primario
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.