Estimado asociado (a), para reportar situaciones de decesos de tu grupo primario protegido, debes
seguir las siguientes indicaciones:
Plan integral básico
Comprende los servicios de previsión exequial básicos y auxilios
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuitaLos Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Plan integral familiar
Comprende los servicios de previsión exequial, los auxilios y el plan de servicios de salud a través del convenio Protegemos, el cual ofrece un plan de servicios para acceder a consultas médica con especialistas a bajo costo y en diferentes especialidades.
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuitaLos Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Plan integral Oro
Comprende los servicios de previsión exequial con servicios VIP, y los auxilios.
Ante una situación de fallecimiento debes comunicarte a la línea nacional gratuitaLos Olivos 01 8000 180 150 o en Cali al PBX (2) 486 2020, haciendo referencia al convenio Fegoccidente NIT. 805.004.548-2 o a las pre-necesidades Fegoccidente.
El servicio exequial es prestado a nivel nacional por la entidad Los Olivos con la cual Fegoccidente tiene alianza, este plan cubre: Atención inicial del evento – Velación – Cortejo – Destino final.
Auxilio incapacidad permanente
Se otorga al asociado o a un (1) beneficiario, el auxilio correspondiente por incapacidad permanente.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Auxilio por grave calamidad
Se otorga al asociado un auxilio por grave calamidad en salud ocasionada por accidentes graves, enfermedades prolongadas, tratamientos médicos, odontológicos, ortopédicos, oftálmicos (no estéticos) con gastos no cubiertos por la EPS, prepagadas, pólizas de salud, u otro servicio complementario de salud o por calamidad doméstica en situaciones de catástrofes naturales.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Auxilio por pérdida de empleo
Se otorga al asociado por pérdida de empleo sin justa causa. Aplican condiciones del reglamento de Fondo Mutual.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Auxilio por muerte del asociado mutualista
Se otorga en caso de fallecimiento del asociado mutualista, y se pagará a los beneficiarios, o conforme a lo establecido en las leyes colombianas.
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.
Auxilio por deceso de un miembro
del grupo Familiar Primario
Se otorga en caso de fallecimiento de un miembro del Grupo Familiar Primario
Sujeto a condiciones del Reglamento del Fondo Mutual.